12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Protegen derecho de alimentos a hijo en situación de discapacidad

27 de Enero de 2022

Reproducir
Nota:
138339

La Corte Constitucional estudió una tutela interpuesta por un agente oficioso contra la sentencia proferida por juzgado de familia al considerar vulnerados los derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, al mínimo vital, a la igualdad, a la dignidad humana y a la integridad personal, física y sicológica de una persona en situación de discapacidad. Esto debido a que la providencia accedió a las pretensiones de la demanda de exoneración de alimentos promovida por su padre.

Al respecto, la Sala comprobó que debido a una indebida valoración probatoria de los medios de prueba la jueza pasó por alto que se encontraba acreditada la discapacidad del accionante, y el hijo debía enfrentar barreras para el desarrollo de su autonomía, así como para su incorporación al mercado laboral, y que a pesar de haber culminado sus estudios de formación técnica el accionante no desarrollaba una actividad laboral o empresarial de la que derivara ingresos para procurar su propia subsistencia. Este error en la valoración de las pruebas resultó determinante para la decisión, en la medida en que llevó a la jueza a concluir que el accionante no necesitaba los alimentos que hasta ese momento le procuraba su padre.

El anterior defecto produjo la vulneración de los derechos fundamentales invocados por el accionante, en la medida en que se le privó de su derecho a recibir alimentos, a pesar de que en el caso particular de los hijos mayores de edad en situación de discapacidad la extinción de la obligación alimentaria está condicionada a que se encuentre efectivamente acreditada su inclusión real en el mercado laboral. De esa forma, se privó al accionante del apoyo familiar, indispensable para garantizar su autonomía y la eficacia de sus derechos, así como para salvaguardar su mínimo vital, concluyó la Corte (M. P. Paola Andrea Meneses Mosquera).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)