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Noticias / Constitucional


Programa de alimentación escolar es constitucional, pero se condicionó norma sobre recursos municipales

25 de Junio de 2020

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Nota:
116822
La Sala Plena virtual de la Corte Constitucional, por unanimidad, decretó la exequibilidad del Decreto 533 del 2020, que adoptó medidas para garantizar la ejecución del Programa de Alimentación Escolar (PAE) y la prestación del servicio público de educación preescolar, básica y media en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica. Según su criterio, es razonable la posibilidad de que el PAE se suministre en los hogares de los niños y adolescentes estudiantes de instituciones oficiales de educación, ante la imposibilidad de prestar este servicio en los establecimientos educativos, como consecuencia de las medidas de aislamiento decretadas por el Gobierno. Sin embargo, el artículo 2º fue condicionado en el entendido de que en el caso de los municipios no certificados los recursos serán administrados por el respectivo departamento. El alto tribunal constató que las medidas adoptadas impiden que se agraven las circunstancias que dieron lugar a la declaratoria del estado de emergencia, toda vez que evitan que se afecte el derecho a la educación de los menores al permitirles que consuman en sus hogares el complemento nutricional indispensable para el aprendizaje que garantiza el PAE y facilita que las familias acaten las medidas de aislamiento social. Frente al condicionamiento aseguró que la medida si bien representaba una limitación a la autonomía de los municipios no certificados, al impedirles ejecutar parte de los recursos destinados al sistema general de participaciones en educación, dicha barrera era temporal y necesaria para agilizar la ejecución del PAE en su modalidad de suministro en los hogares. El magistrado Alberto Rojas aclaró voto argumentando que la decisión afecta la autonomía territorial.

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