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Procuraduría pidió inexequibilidad de norma que limita a 20 días la oportunidad para que afectados se hagan parte de una acción de grupo fallada (12:00 p.m.)

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11 de Noviembre de 2011

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La Procuraduría General de la Nación le pidió a la Corte Constitucional que declare inexequibles los apartes de los artículos 55 y 65 de la Ley 472 de 1998, que limitan a 20 días la oportunidad para que afectados se hagan parte de una acción de grupo luego de proferida la sentencia. Según el Ministerio Público, establecer barreras al acceso de dichas personas al proceso, como la barrera temporal, puede perjudicar los derechos de tales personas y el funcionamiento de la administración de justicia, pues obliga a ambos a tramitar un nuevo proceso por los mismos hechos y contra la misma persona. Recordó que el propósito de estas acciones es permitir a las personas que sufrieron un mismo daño o perjuicio acogerse a los beneficios de una sentencia dictada en un proceso del cual, por falta de información, de conocimiento o por otro motivo, no estaban enteradas.

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