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Omisión de dar inicio e impulso a un proceso de clarificación vulnera el debido proceso administrativo

Las autoridades administrativas deben acompañar e impulsar los procesos agrarios cuando se pretende la adjudicación de bienes fiscales rurales: Corte Constitucional.
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14 de Febrero de 2023

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Una asociación de productores agropecuarios presentó acción de cumplimiento contra la Agencia Nacional de Tierras (ANT). En ella pretendía que se ordenara a la ANT la aplicación de los artículos 65 de la Ley 160 de 1994 y 2º y 26 del Decreto-Ley 902 de 2017 (propios de bienes baldíos) y, en consecuencia, decretar a su favor la adjudicación de determinados bienes fiscales patrimoniales. La Sala encontró procedente la acción de tutela para valorar la vulneración de los derechos al debido proceso administrativo y al acceso progresivo a las tierras de los accionantes por la omisión de autoridades administrativas de dar inicio e impulso a un proceso de clarificación.

Para la Corte, las accionadas vulneraron estos derechos, ya que, pese a diferentes solicitudes de miembros de la asociación accionante reclamando la adjudicación de predios, ni el Incoder ni la ANT hicieron un acompañamiento efectivo ni impulsaron los procesos agrarios correspondientes. En consecuencia, la Corte ordenó a la ANT reunirse con la asociación accionante con el fin de ofrecer información suficiente, pertinente y necesaria a los accionantes sobre sus pretensiones y, luego de ello, impulsar los trámites correspondientes.

Así mismo, se instó a la Defensoría del Pueblo para que, en el marco de sus funciones (orientar e instruir a los habitantes del territorio nacional en el ejercicio y defensa de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades de carácter privado), asesore a los accionantes en los diferentes trámites que deban adelantar (M. P. José Fernando Reyes Cuartas).

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