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Oficializan comunicado de la sentencia que ordenó legislar sobre el matrimonio homosexual (9:40 a.m.)

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28 de Julio de 2011

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La Corte Constitucional dio a conocer el comunicado con las razones por las cuales declaró exequibles las expresiones “entre un hombre y una mujer” contenidas en los artículos 113 del Código Civil y 2º de la Ley 294 de 1996, referidos a las nociones de matrimonio y de familia y exhortó al Congreso para que antes del 20 de junio del 2013 legisle sobre los derechos de las parejas del mismo sexo. Respecto del alcance del artículo 42 de la Constitución, la sala estableció que no conlleva una prohibición a los derechos de los homosexuales y a que exista un vínculo jurídico similar o idéntico al que tienen las parejas de diferente sexo. Por tanto, señaló que “la institución familiar puede tener diversas manifestaciones que se constituyen a su vez, a través de distintos ‘vínculos naturales o jurídicos’, según lo previsto en el precepto superior”. Señaló que la heterosexualidad no es una característica de todo tipo de familia, así como se demostró que tampoco lo fue la consanguinidad, como lo demuestra la familia de crianza. La magistrada María Victoria Calle salvó parcialmente su voto al estimar que no hubo precisión con respecto a la formalización del vínculo en caso de que no haya legislación al respecto. Seis magistrados anunciaron la presentación de aclaraciones de voto (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza).

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