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Norma sobre contribución especial para laudos arbitrales de contenido económico del PND puede ser inconstitucional

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04 de Mayo de 2021

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La Corte Constitucional admitió una demanda presentada en contra del artículo 130 del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la equidad” (Ley 1955 del 2019), con fundamento en el artículo 241.4 de la Constitución Política. Esta norma establece la contribución especial para laudos arbitrales de contenido económico. Según los demandantes, imponer una carga a una persona que sufrió un perjuicio y debió acudir a la autoridad a lograr su reparación genera per se que esta no se logre en su integralidad. Por el contrario, dicha carga desconoce la función del Estado de mantener un orden justo, por cuanto permite que la persona que ha sufrido un daño, solo por el hecho de acudir a la jurisdicción para buscar una reparación, tenga que asumir una carga adicional a aquella que deben asumir las personas que no han sufrido tal menoscabo o, habiéndolo sufrido, no han debido acudir a la jurisdicción para buscar su reparación. En otras palabras, la persona que buscar su reparación espera que el Estado y las autoridades protejan sus derechos y bienes. Pero, por el contrario, con la contribución atacada se encuentra con que el Estado le impone una carga por haber sufrido un perjuicio por causas que no le fueron imputables (Demandantes: María Vanessa Ardila Ortiz y otros).

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