No entregar la primera copia de un fallo vulnera el derecho de acceso a la justicia (4:49 p.m.)
93003
25 de Noviembre de 2013
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Negarse a entregar la primera copia auténtica de un fallo vulnera el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia, señaló la Corte Constitucional. Lo anterior tiene como fundamento el inciso 3º del artículo 115 del Código de Procedimiento Civil, que señala que únicamente la primera copia de una providencia judicial presta mérito ejecutivo y en caso de incumplirse alguna obligación en ella contenida se podrá exigir su pago por vía judicial mediante un proceso ejecutivo, explicó el alto tribunal (M. P. Nilson Pinilla Pinilla).
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