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Negar vinculación laboral a un candidato calificado como “no confiable” en proceso de selección no vulnera derechos fundamentales (11:11 a.m.)

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06 de Diciembre de 2013

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Negar la vinculación laboral a un candidato que tiene antecedentes penales y que fue calificado como “no confiable” en el marco de un estudio de seguridad dentro de un proceso de selección no vulnera derechos fundamentales, señaló la Corte Constitucional. A su juicio, la jurisprudencia ha reconocido que en el ámbito de las relaciones particulares rige la autonomía de la voluntad privada y la libertad de empresa (artículo 333 de la Constitución). Con base en esto, los empresarios pueden tomar las decisiones que consideren más aptas para el desempeño de su negocio, agregó. En el caso analizado, el alto tribunal concluyó que el empresario no transgredió el derecho al debido proceso, pues al terminar la revisión y cotejo de información, documentación, exámenes médicos y los resultados del estudio de seguridad del postulante, le informó que no cumplía con las condiciones para su vinculación. Incluso, no tiene la obligación de motivar sus decisiones, como sí se requiere en otros procesos ante la administración, como el concurso de méritos. No obstante lo anterior, la sala de revisión recordó que el derecho fundamental al debido proceso en un proceso de selección para el acceso a un empleo, aun ante una empresa privada, debe observar los principios de publicidad y transparencia (M. P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).

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