Municipio de La Celia también debe cumplir órdenes para atender hacinamiento carcelario en Risaralda
30 de Noviembre de 2020
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Nota:
119875
La Sección Primera del Consejo de Estado determinó que el municipio de La Celia (Risaralda) también debe cumplir las órdenes judiciales que se le impusieron al departamento de Risaralda, al Ministerio de Justicia y a las autoridades carcelarias a través de la acción popular 66001233300020160052601, del 11 de julio del 2019, para poner fin al hacinamiento que se vive en las penitenciarías del ente territorial. Aun cuando el alto tribunal no determinó que fuera estrictamente necesaria la construcción de una penitenciaría en la mencionada población, porque no se cuenta con los elementos técnicos que evidencien esa necesidad, le ordenó contribuir al cumplimiento del fallo reseñado, que obliga al departamento y a las autoridades carcelarias tomar medidas contra el hacinamiento carcelario. Ante la evidencia sobre el alto porcentaje de personas detenidas preventivamente en las cárceles de Pereira y Santa Rosa de Cabal con respecto a los condenados, que La Celia no cuenta con un penal para cumplir medidas de detención preventiva y que no se acreditó la gestión del municipio al respecto, la Corporación concluyó que sí se están desconociendo los derechos colectivos a la seguridad y salubridad públicas y al acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública (C. P. Roberto Augusto Serrato Valdés).
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