Ministerio de Salud debe emitir guía que garantice atención en salud de las personas transgénero
07 de Julio de 2022
La Corte Constitucional exhortó al Ministerio de Salud para que, en el término de un año, emita una guía de práctica clínica, con sus respectivos protocolos, para la atención integral en salud de las personas transgénero y para el suministro de los procedimientos médicos de afirmación de género.
Esta decisión fue adoptada al fallar una tutela que presentó un joven de 16 años que manifestó su deseo de recibir terapia de remplazo hormonal. Un siquiatra infantil confirmó su diagnóstico de disforia de género, por lo que ordenó consulta con un especialista en endocrinología pediátrica para continuar con el proceso.
En diciembre de 2020, el accionante asistió a la cita médica con la especialista, quien afirmó que el tratamiento mencionado requería cumplir la mayoría de edad. Así mismo, ordenó la práctica de algunos exámenes para confirmar si su intención de realizar el tratamiento obedece a algún desorden hormonal.
La Sala señaló que la conducta de la profesional de la salud y la clínica donde fue atendido constituye no solo una violación del derecho a la salud del menor de edad, sino también una vulneración de sus derechos a la identidad de género y a la dignidad humana, e incumple la obligación de respetar la concepción autónoma de la persona y de brindarle un trato acorde con ella.
A pesar de que el fallo declaró la carencia actual de objeto por la existencia de un daño consumado en relación con los derechos fundamentales a la identidad de género, salud, dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad del joven, la Sala le hizo un llamado a la clínica para que no impongan condicionamientos de edad para el suministro de tratamientos hormonales de afirmación de género (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado).
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