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Medida temporal para proteger los derechos de los beneficiarios de los BEPS es exequible

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31 de Julio de 2020

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El Decreto Legislativo 565 del 2020, que implementó una medida temporal con el fin de proteger los derechos de los beneficiarios del servicio social complementario denominado Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica, fue declarado exequible por la Corte Constitucional. Según la sentencia, la norma cumple con todas las exigencia desde el punto de vista formal. Además, desde el punto de vista material, indicó que los juicios de conexidad material y motivación suficiente se surtieron debidamente. Así mismo, la corporación verificó que existe un nexo causal entre las situaciones que originaron la declaración de la emergencia económica y social y las medidas adoptadas en el decreto estudiado. Frente a los juicios de ausencia de arbitrariedad, intangibilidad, incompatibilidad y no discriminación, encontró que no se infringió ninguno de ellos, por cuanto no se incurrió en ninguna de las prohibiciones reconocidas en la Carta Política, ni la Ley 137 de 1994, por la cual se reglamentaron los estados de excepción en Colombia, o  en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Colombia, entre otros argumentos (M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado).     

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