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La temeridad en la acción de tutela, según la Corte Constitucional

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31 de Julio de 2020

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La Corte Constitucional explicó, a través de un fallo de tutela reciente, que la temeridad constituye un reproche a la conducta de los ciudadanos que presentan acciones de tutela simultáneas o sucesivas, originadas en los mismos supuestos fácticos y jurídicos, con el propósito desleal de provocar una decisión sobre un asunto ya sometido ante la jurisdicción constitucional. En parte significativa, debido a que el uso irracional y desmedido del recurso de amparo constituye un obstáculo para que el juez asegure la economía procesal, eficacia y eficiencia que exige la administración de justicia, y en la práctica representa un quebranto del deber de los ciudadanos de actuar de buena fe y con moralidad en sus actuaciones judiciales (M.P. Luis Guillermo Guerrero).

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