17 de Agosto de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


La manifestación y los datos relacionados con la imagen sobre ‘falsos positivos’ son de evidente interés público

09 de Noviembre de 2021

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La manifestación y los datos relacionados con la imagen sobre ‘falsos positivos’ son de evidente interés público (Movicecol)

La Corte Constitucional protegió la libertad de expresión del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE) frente a una publicación que realizó en su cuenta de Twitter, la cual contiene la fotografía de varios miembros del Ejército Nacional en la que se muestra el número de “falsos positivos” atribuidos a las brigadas que estos comandaban, con la pregunta ¿quién dio la orden?, en desarrollo de la llamada “Campaña por la verdad”.

Debido a la gravedad de los hechos, al inmenso impacto que ha tenido en nuestra sociedad el fenómeno de los denominados “falsos positivos”, dada también su complejidad y todo lo que implica que miembros del Ejército estén siendo investigados por su supuesta participación en los hechos, la manifestación y los datos que se relacionan en la imagen cuestionada son de evidente interés público y, a su vez, constituye una crítica al Estado, que claramente hace parte del debate público.

De otra parte, indicó el alto tribunal, este tipo de expresiones constituye el ejercicio del derecho de participación en el control del poder político consagrado en el artículo 40 de la Constitución. Por lo tanto, teniendo en cuenta que la publicación involucra un interés público y hace referencia a funcionarios del Estado, se enmarca en los discursos reconocidos por el ordenamiento jurídico como protegidos.

Adicionalmente, la publicación no se refiere a la vida privada del solicitante (uno de los miembros del Ejército Nacional, cuya fotografía sale en la imagen). Por el contrario, se relaciona con sus funciones públicas y es relevante para valorar la confianza puesta en él por la sociedad debido a su cargo, razón por la que se trata de un discurso que debe protegerse de manera reforzada.

Los datos que se difunden en la imagen no corresponden a simples opiniones que carecen de sustento alguno, sino que, según se evidencia en la documentación allegada al expediente, corresponden a investigaciones que en la actualidad adelantan autoridades como la Jurisdicción Especial para la Paz y la Fiscalía General de la Nación.

Libertad de expresión

La Sala advierte que en la imagen no hay ninguna referencia o señalamiento directo que pretenda imputar algún tipo de responsabilidad. Lo que se percibe del mensaje es que los autores divulgan una serie de datos sobre los denominados “falsos positivos” que supuestamente ocurrieron bajo el mando de cada uno de los miembros del Ejército señalados y el periodo de tiempo en que sucedieron.

En otras palabras, no hay referencia alguna en la imagen que permita afirmar que se está atribuyendo algún tipo de responsabilidad directa. Además, no se utilizan expresiones desproporcionadas, vejatorias o con una intención netamente dañina, que permitan inferir que la manifestación está por fuera del amparo a la libertad de expresión.

La jurisprudencia ha reconocido que la verdad extrajudicial resulta de gran relevancia, puesto que contempla los elementos necesarios para satisfacer este derecho de las víctimas y establecer las bases de la pacificación. En esa medida, esta vía no solo permite denunciar la ocurrencia de delitos, sino que tiene como fin construir un relato de historia de las trasgresiones que deben ser conocidas y además incorporadas en la memoria colectiva, como presupuesto para materializar proyectos de reconciliación de la sociedad.

Así las cosas, para la Sala es claro que no se configura un ejercicio abusivo de la libertad de expresión en este caso. Así, luego de realizar el análisis objetivo expuesto, se reitera que el mensaje es de interés público; se relaciona con las responsabilidades de una persona que ejerce mando en el Ejército Nacional; no carece en absoluto de sustento en las investigaciones judiciales que actualmente se adelantan y no se traduce en afirmaciones vejatorias o desproporcionadas. 

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