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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Justicia y Constitución de 1991

06 de Julio de 2021

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Nota:
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Justicia y Constitución de 1991 (archivoparticular)

Carolina Villadiego Burbano

Asesora legal para América Latina

Comisión Internacional de Juristas

 

La Constitución Política de 1991 generó varios cambios en la justicia colombiana, siendo dos de los más importantes (i) la creación de la acción de tutela como mecanismo de protección inmediata de derechos fundamentales y (ii) la modificación de la estructura de la Rama Judicial. Estos cambios fortalecieron de distintas maneras el acceso a la justicia durante los últimos 30 años, aunque su desarrollo práctico ha tenido luces y sombras.

 

La acción de tutela es uno de los mecanismos judiciales más utilizados que ha protegido los derechos amenazados o vulnerados por autoridades públicas o particulares que prestan servicios públicos. Según la Corte Constitucional, entre 1992 y abril del 2021, se radicaron 8.179.094 tutelas. La tutela es utilizada en todos los municipios del país y constituye una carga importante para los jueces y magistrados, pues, de acuerdo con el Consejo Superior de la Judicatura, en el 2020, se presentaron 1.615 tutelas por día.

 

Aunque los jueces han hecho un trabajo muy relevante protegiendo los derechos fundamentales, una de las decepciones más grandes del modelo constitucional es que no fue efectivo en prevenir las violaciones de los derechos fundamentales, detener su vulneración o sancionar a las autoridades y particulares que los vulneran. Esto ocurre en un contexto en el que está claro cuáles son las pretensiones más reclamadas: la solicitud de información, la práctica oportuna de procedimiento médico, el tratamiento integral, la protección del debido proceso administrativo y el ejercicio de la defensa. Por este motivo, aunque la consagración del catálogo de derechos fundamentales y de la acción de tutela fue una ganancia para la ciudadanía, esto no llevó a que las autoridades corrigieran los problemas y las violaciones de derechos que han llevado a las personas a acudir a la tutela.

 

La estructura de la Rama Judicial

Respecto de la modificación a la estructura de la Rama Judicial, quiero destacar la creación de la Corte Constitucional y del Consejo Superior de la Judicatura.

 

La Corte Constitucional lideró un cambio importante en la protección de los derechos fundamentales a través de su jurisprudencia. Por ejemplo, los derechos de las mujeres avanzaron de manera significativa en estas décadas, pues ese alto tribunal protegió el derecho a la estabilidad laboral reforzada por maternidad, los derechos de las mujeres que viven en uniones maritales de hecho, la necesidad de garantizar una vida libre de violencia, y mostró la relevancia de la protección judicial en el marco de la violencia estructural contra la mujer, que implica que los jueces tienen la obligación de decidir con enfoque de género. La Corte también profirió sentencias que han protegido otros derechos, como los de los pueblos indígenas y la consulta previa, los de las parejas del mismo sexo, los de las personas en situación de desplazamiento forzado, los de las personas privadas de la libertad, los de niños y adolescentes, entre otros. 

 

Sin embargo, su jurisprudencia no siempre ha sido acatada por las autoridades públicas. Además, algunas de sus sentencias han sido criticadas por ser consideradas conservadoras o regresivas en materia de derechos fundamentales, como la primera sentencia sobre aborto o la reciente sentencia que limita la consulta popular en temas mineros. También ha recibido críticas por su interpretación corporativa de la independencia judicial, como cuando decidió que la reforma constitucional que creaba la Comisión de Aforados para investigar magistrados no garantizaba la independencia judicial, porque el procedimiento de antejuicio político en el Congreso era mayor garantía de equilibrio de poderes, a pesar de que uno de los elementos centrales de la independencia judicial es garantizar que los jueces no reciban presiones por parte de los sectores políticos. 

 

Ahora bien, entre 1992 y junio de 2021, la Corte Constitucional profirió 19.384 sentencias de tutela, 6.860 sentencias de constitucionalidad, 436 sentencias de unificación de jurisprudencia y 9.192 autos, según sus propias estadísticas. Además, expidió 41 sentencias en el marco del “procedimiento legislativo especial para la paz”. De esta forma, su rol en la protección de derechos fundamentales y como guardiana de la Constitución ha sido muy relevante en estas décadas, aunque su jurisprudencia no ha estado exenta de críticas.

 

El Consejo Superior de la Judicatura

Por otro lado, la creación del Consejo Superior de la Judicatura como organismo encargado de las funciones de gobierno y gestión del sector jurisdiccional tuvo un impacto importante en la consolidación de la carrera judicial y en la autogestión de los recursos de la Rama Judicial. Así, se ven avances cuando se compara cómo estaba la administración de justicia en la década de los noventa y cómo está hoy en día en materia de cargos y carrera judicial.

 

Según esta corporación, mientras que, en 1996, había 3.944 despachos permanentes y 17.900 cargos en la planta de personal, en el 2020, había 5.560 despachos y 32.287 cargos en la planta, lo que implica que hubo un crecimiento. Frente a la cobertura del sistema de carrera judicial, en el 2020, más del 90 % de los magistrados de los consejos seccionales, tribunales administrativos y tribunales superiores estaban en carrera, aunque solo el 66,5 % de los jueces de la jurisdicción ordinaria y el 75,5 % de los jueces de la jurisdicción contenciosa lo estaban, lo que quiere decir que los demás cargos estaban en provisionalidad.

 

El rol del Consejo Superior ha tenido varias críticas. Algunas se relacionan con la carrera judicial, porque, a pesar de que se ha avanzado en este tema, esta corporación ha tenido muchos problemas en llevar adelante las convocatorias para proveer los cargos, como lo demuestran las cifras de provisionalidad. La eficiencia de su gestión también ha tenido críticas, pues no siempre ha ejecutado la totalidad del presupuesto de inversión y eso ha tenido un impacto en la Rama Judicial.

 

Modernización de la justicia

Otras críticas se refieren a que el proceso de modernización de la justicia en materia tecnológica y de sistemas de información ha tenido deficiencias, pues la digitalización de expedientes ha sido lenta, no hay una política de información estadística accesible a la ciudadanía, y la implementación de los sistemas de gestión no ha sido fácil en todos los municipios del país. Por último, ha habido críticas sobre el carácter de “alta corte” del Consejo y que sus miembros actúen como magistrados, pues sus funciones no son jurisdiccionales, sino administrativas.

 

En todo caso, el rol del Consejo Superior de la Judicatura, con sus luces y sombras, ha permitido la consolidación del autogobierno de la Rama Judicial en estos 30 años.

 

De esta forma, la Constitución Política de 1991 consagró varias modificaciones a la administración de justicia que obtuvieron logros en materia de acceso a la justicia y fortalecimiento de la Rama Judicial, pero que también evidencian algunos desafíos y problemas pendientes que aún enfrenta la justicia.

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