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Judicatura realizada en universidades debe ser reconocida por el Registro Nacional de Abogados (11:34 a.m.)

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01 de Octubre de 2018

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La Corte Constitucional tuteló los derechos fundamentales a la educación y a la libertad de escogencia de profesión u oficio de un egresado de Derecho al que le fue negado el reconocimiento de la realización de la judicatura por haberla desarrollado en la unidad de contratación de una universidad. En efecto, la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura sostuvo que la realización de la práctica en ese lugar no cumple con el requisito consagrado en el literal h del numeral 1º del artículo 23 del Decreto 3200 de 1979, pues la institución de educación superior no se encuentra bajo la inspección, vigilancia o control de una de las superintendencias establecidas en Colombia, sino del Ministerio de Educación Nacional. Según el alto tribunal, la postura de la accionada fue desproporcionada, pues parte de una interpretación restrictiva de las normas legales que regulan las prácticas jurídicas (M. P. Cristina Pardo).

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