Inexequible decreto que buscaba asegurar el PAE en La Guajira con recursos del presupuesto
23 de Noviembre de 2023
El Decreto Legislativo 1269 del 2023, por el cual se adoptan medidas relacionadas con la prestación del servicio del Programa de Alimentación Escolar (PAE) en La Guajira, en el marco del estado de emergencia declarado en ese departamento, no supone una afectación desproporcionada de los principios que rigen las normas de presupuesto, mientras que el paso de los días, en el contexto del territorio sí se convierte en una amenaza grave e inminente para los derechos fundamentales de los menores que reciben los alimentos.
Así mismo, señaló la Corte Constitucional, la medida no suspende derechos ni libertades, y, por el contrario, pretende la protección transitoria de los derechos prevalentes de niños y niñas. Es razonable que la provisión de alimentos asociados a la educación oficial, incluso durante el periodo vacacional, sea una herramienta para enfrentar las consecuencias que la crisis por escasez del recurso hídrico proyecta sobre la seguridad alimentaria, en especial cuando según algunas investigaciones de campo el PAE es en algunas ocasiones el único alimento diario.
Sin embargo, advirtió el alto tribunal, en la medida en que no toda la población está escolarizada, el Gobierno debe adoptar otras estrategias adicionales de provisión de alimentos que no dependan de manera exclusiva de la escolarización, sin que ello implique que la decisión de extender el PAE sea en sí misma discriminatoria, pues debe entenderse que parte de la premisa normativa según la cual la educación debe ser garantizada universalmente hasta los 15 años de edad, sin perjuicio de una realidad que persiste en la afectación de derechos de los más vulnerables.
Así las cosas, dada la afectación que la escasez del agua puede ocasionar en los menores de edad, considerando el origen de los recursos del PAE, la población destinataria y la inexistencia de una lesión a otros principios constitucionales, el alto tribunal decidió declarar inexequible la norma en cuestión como consecuencia de la decisión adoptada sobre el Decreto 1085 de 2023 en la Sentencia C-383 del 2023 y, en ese sentido, extender los efectos durante un año (M.P. Diana Fajardo Rivera).
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