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Incentivos económicos a artistas, creadores y gestores culturales en época de pandemia son exequibles

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05 de Agosto de 2020

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Por medio de la Sentencia C-204, la Corte Constitucional dio a conocer la exequibilidad del Decreto Legislativo 561 del 2020, que dictó medidas transitorias en materia de cultura en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica. Esta normativa dispone, entre otras cosas, que los recursos del impuesto nacional al consumo con destino a cultura, girados de la vigencia 2019 y que a la fecha de expedición de este decreto no se encuentren ni comprometidos ni ejecutados y los que se giren durante la vigencia 2020 por parte del Ministerio de Cultura a los departamentos y el Distrito Capital, deberán destinarse transitoriamente para contribuir a la subsistencia de los artistas, creadores y gestores culturales que demuestren su estado de vulnerabilidad. Según la corporación, estos incentivos económicos a los sujetos indicados que demuestren su estado de vulnerabilidad como resultado de la pandemia o que se encuentren en situación de discapacidad, con cargo a los recursos del impuesto nacional al consumo con destino a la cultura, se ajustan a la Constitución. Así mismo indicó que esta norma no contiene medidas que impongan un trato discriminatorio basado en criterios sospechosos, entre otras cosas (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).

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