IMPORTANTE: Descargue la sentencia sobre gratuidad de la vacuna contra el VPH (7:32 a.m.)
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09 de Marzo de 2018
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Meses después de proferida la decisión, la Corte Constitucional publicó la sentencia que declaró la exequibilidad del artículo 1° de la Ley 1626 del 2013, relativa a la obligatoriedad de la vacunación contra el virus de papiloma humano (VPH), bajo el entendido de que la alusión al grado de escolaridad que contiene la norma es meramente referencial sobre el grupo etario objetivo de la vacuna, extendiéndose la garantía para las niñas tanto escolarizadas como quienes no lo están. En efecto, los demandantes sostenían que la diferenciación entre sexos que trae la norma es discriminatoria, por cuanto el VPH afecta a hombres y mujeres por igual. Sin embargo, la Corte explicó que si bien es cierto dicho argumento, el VPH puede producir distintas enfermedades como el cáncer de cuello uterino, de ano, pene, vagina, orofaríngeo y de vulva, el legislador priorizó a las mujeres en razón a que solo estas pueden padecer cáncer de cuello uterino, teniendo en cuenta que esta enfermedad siempre es provocada por los genotipos oncogénicos de este virus; mientras que en los demás cánceres la correlación no es plena. Encuentre en el documento adjunto las demás razones que esbozó el alto tribunal (M. P. Luis Guillermo Guerrero).
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