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Actualizado hace 14 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


ICBF debe realizar nuevamente acto de reconocimiento del pueblo Wayuu como sujeto de derechos

17 de Marzo de 2023

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Nota:
159022

El Instituto Colombiano de Bienestar (ICBF) tendrá dos meses para realizar un acto de reconocimiento del pueblo Wayuu como sujeto de derechos para participar en la planeación, desarrollo e implementación de la política pública encaminada a garantizar los derechos fundamentales de la niñez indígena. Así resolvió la Corte Constitucional en un reciente auto.

La decisión fue adoptada por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 del 2017, la cual declaró el estado de cosas inconstitucional (ECI) en relación con el goce efectivo de los derechos fundamentales a la alimentación, a la salud, al agua potable y a la participación de esta población en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, departamento de La Guajira.

El acto de reconocimiento deberá:

  1. Contar con la presencia de las autoridades, líderes o representantes indígenas de los cuatro municipios, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación y la veeduría ciudadana para la implementación de la Sentencia T-302 del 2017.
  2. Hacer explícitas las obligaciones de respetar, garantizar, proteger y promover los derechos humanos del pueblo Wayuu a la luz de la jurisprudencia constitucional y los tratados internacionales.

La sala de seguimiento determinó un cumplimiento bajo de la orden que se le dio al ICBF en 2021 para que realizara un acto simbólico de reconocimiento de las comunidades Wayuu. Entonces, el ICBF deberá tener en cuenta la representatividad territorial y comunitaria de las personas que asistirán al evento de reconocimiento, con lo que se busca que el acto goce de la mayor legitimidad social en las comunidades y no se trate del mero acatamiento formal de un mandato judicial (M. P. José Fernando Reyes Cuartas).

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