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Noticias / Constitucional


Gobierno incumplió acuerdos para construir nuevas viviendas en Providencia

28 de Octubre de 2022

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Nota:
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Una ciudadana, en representación del pueblo raizal, interpuso tutela al considerar que la Presidencia de la República, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), los ministerios del Interior y de Vivienda y la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina habían vulnerado los derechos de los habitantes de estas dos islas durante la planeación y ejecución del plan de acción específico para su reconstrucción integral (PAE), después de que el paso del huracán Iota las destruyera en un 98 %, en noviembre del 2020.

La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional encontró que si bien el Gobierno Nacional ha avanzado en la reconstrucción y rehabilitación integral de las islas, este proceso no ha terminado y ha estado marcado por un enfoque ágil, unilateral, arbitrario y efectista en el que se desconocieron las necesidades básicas del pueblo raizal y no se garantizaron plenamente sus derechos fundamentales. Por tal motivo, el fallo profirió varias órdenes:

1. La UNGRD y la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina deberán intervenir el hospital de campaña, con el fin de garantizar a la población raizal las condiciones mínimas de disponibilidad, aceptabilidad, accesibilidad y calidad en la prestación del servicio de salud.

2. La UNGRD, el Ministerio de Vivienda y la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina tendrán que garantizar a los habitantes el abastecimiento diario de mínimo 65 litros de agua potable para su consumo personal y doméstico.

3. La UNGRD, el Ministerio de Vivienda y a la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina deberán solucionar de manera definitiva el vertimiento de aguas negras domésticas al ambiente.

4. La UNGRD y la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina deberán restaurar los terrenos que han sido utilizados para el acopio temporal de escombros, basuras y residuos orgánicos.

5. La UNGRD, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Vivienda y la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina deberán convocar a la comunidad raizal con el fin de adelantar un proceso de consulta sobre el proceso de reconstrucción integral de las islas de Providencia y Santa Catalina.

6. El Ministerio de Cultura deberá traducir y dar a conocer la parte resolutiva del fallo en un acto público en la isla de Providencia y Santa Catalina.

7. La Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación deberán vigilar, apoyar y acompañar el pleno cumplimiento de lo determinado del fallo (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).

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