Fuerte llamado de atención a medios para que noticias sobre menores no vulneren derechos fundamentales (2:38 p.m.)
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23 de Enero de 2020
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Una providencia de la Corte Constitucional concluye que los medios de comunicación tienen la obligación de verificar la legitimidad y credibilidad de los hechos en el caso de los menores de edad, pues cargan con una responsabilidad mayor en cuanto a la difusión de información. Lo anterior en tanto los niños y adolescentes, como sujetos de especial protección constitucional, se encuentran en un riesgo mayor de ser sujetos de arbitrariedades ante publicaciones que los comprometan. Así mismo, advirtió que, a pesar de la amplia protección al ejercicio de la libertad de información y de prensa, ello no implica que su ejercicio carezca de restricción alguna, como si se tratase de un derecho absoluto, como quiera que puede llegar a entrar en conflicto con derechos de terceros. Esto aplica específicamente a los derechos de los menores de edad que ostentan una protección superior y sobre los cuales existen normas concretas de protección que los medios de comunicación, en el ejercicio de la libertad de expresión e información, deben continuar con la adopción de mecanismos de autorregulación y cuidado en la presentación de hechos que los comprometan, con tal de no afectar sus derechos a la intimidad y a la imagen (M. P. José Fernando Reyes).
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