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Noticias / Constitucional


Falta de capacitación sobre manejo de armas no letales produce condena contra el INPEC

11 de Marzo de 2022

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El Consejo de Estado resolvió una demanda que presentaron los familiares de un recluso, en ejercicio de la acción de reparación directa, que señalaba que fue uno de los tres muertos que dejó un incendio producido en una celda de un establecimiento penitenciario de mediana seguridad, luego de un altercado que se produjo entre las víctimas y unos guardias.

Uno de los miembros del INPEC se defendió de su agresor con gas pimienta y otro ordenó que se activara gas lacrimógeno, lo que habría originado la conflagración ante la quema de unas colchonetas dentro de la celda.

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) fue condenado por el Consejo de Estado y deberá diseñar y divulgar un protocolo sobre el manejo de armas no letales en todos los penales del país, además de pagar a los familiares del reo fallecido 200 salarios mínimos mensuales y organizar un acto público para ofrecer excusas por lo ocurrido.

Para la Sala, la demandada incurrió en una falla del servicio, pues se demostró que el daño lo originó la utilización indebida de unos proyectiles de gas lacrimógeno en un lugar reducido, por parte de personal que no estaba capacitado. Con el agravante de que este armamento no letal solo podía ser usado para dispersar personas en exteriores.

Además, se evidenció que los extintores que fueron utilizados para intentar apagar el fuego no sirvieron, de ahí que tardaran al menos 20 minutos para intentar poner a salvo a los tres reos fallecidos. Se incurrió así en una omisión en el deber de custodia de estas personas y en excesos reprochables que constituyen tratos crueles y degradantes en contra de los derechos de la víctima (M. P. María Adriana Marín).

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