Fallo que impide exigir pago de multa ante estado de insolvencia debe aplicarse para conceder o no la libertad condicional (2:56 p.m.)
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03 de Septiembre de 2012
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La Corte Constitucional hizo un llamado a los jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad para que al momento de negar o conceder la libertad condicional apliquen la Sentencia C-185 del 2011, que declaró exequible el numeral 4° del artículo 50 de la Ley 1142 del 2007, en el entendido de que si el condenado prueba su insolvencia, la concesión del subrogado de vigilancia electrónica no debe negarse, cuando no se haya pagado previamente la multa. La corporación precisó que si bien dicha providencia señaló que no aplicaba a sustitutos distintos, los demás criterios constitucionales establecidos en ella sí deben ser tenidos en cuenta por los jueces para negar o conceder la libertad condicional. Los magistrados Nilson Pinilla y Jorge Pretelt aclararon el voto (M.P. Jorge Iván Palacio).
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