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Existe un patrón de discriminación reiterado de las personas LGBTI en espacios públicos: Corte Constitucional

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16 de Abril de 2021

Por medio de una tutela, la Corte Constitucional indicó que en diversas sentencias ha señalado que las personas que hacen parte de la población LGBTI son sujetos de especial protección constitucional, pues son un grupo históricamente marginado y por tanto sometido a una discriminación estructural. En el mismo sentido, reiteró su jurisprudencia sobre el derecho a no ser discriminado, analizó la discriminación en razón de la orientación sexual diversa y precisó cuáles conductas afectan la tranquilidad en espacios públicos o semipúblicos y cuáles están permitidas y respaldadas constitucional y legalmente. También recalcó que se evidencia un patrón común de discriminación que se presenta en espacios abiertos al público y tiene como objeto a las personas del mismo sexo que tienen manifestaciones públicas de afecto. En muchas ocasiones estos actos discriminatorios son justificados por la presunta incomodidad que causan estas demostraciones de cariño en los demás asistentes del lugar en el que se presentan o se escudan en la supuesta preocupación por los niños que observan ello. Conozca más detalles en el texto adjunto (M. P.  Diana Fajardo Rivera).

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