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Exigir dictamen de pérdida de capacidad laboral como único medio para demostrar discapacidad vulnera libertad probatoria

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19 de Febrero de 2021

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De conformidad con la jurisprudencia vigente, la Corte Constitucional enfatizó que exigir un dictamen de pérdida de capacidad laboral como único medio probatorio para demostrar la discapacidad de una persona con el fin de acceder a una sustitución pensional, vulnera el principio de libertad probatoria que rige el procedimiento administrativo. Por tal motivo, aseguró que imponer como tarifa probatoria dicho dictamen de pérdida de capacidad desconoce que dicha situación fáctica puede ser comprobada a través de otros medios que tiene la misma idoneidad probatoria de dicha condición. En el caso concreto se evidenció que la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) desconoció las normas de protección a las personas en condición de discapacidad y, por ende, los derechos fundamentales a la seguridad social, al mínimo vital y a la vida digna de la accionante que actuó a través de agente oficiosa. Ello, al considerar como prueba única el dictamen de pérdida de capacidad laboral y no examinar otros documentos que probaban, no solo la condición de discapacidad, sino los demás requisitos exigidos para acceder a la sustitución pensional (M. P. Alberto rojas ríos).  

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