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Exequible programa para pago de prima de servicios en el sector agropecuario, excepto algunas expresiones

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28 de Octubre de 2020

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La Corte Constitucional declaró exequible el Decreto 803 del 2020, que creó el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) para el Sector Agropecuario, en el marco de la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus (covid-19). Lo anterior con excepción del numeral 1º del parágrafo 5° del artículo 3°, que se declara inexequible. Igualmente, la expresión “La configuración de estos supuestos no conlleva responsabilidad para quienes participen en la implementación de este programa”, contenida en el inciso 1° del parágrafo 3° del artículo 5° que se condicionó, en el entendido de que la misma no constituye una cláusula de inmunidad o de irresponsabilidad para los servidores públicos, sino que alude a la necesidad de que la valoración del dolo o culpa grave, presupuesto de la eventual responsabilidad en los casos allí previstos, debe tener en cuenta las condiciones de apremio y urgencia en las que se enmarca la implementación del programa. Según la Corporación, la norma objeto de estudio no puede entenderse como una elusión de los deberes de control disciplinario y fiscal que son inherentes al Estado, según lo dispuesto en los artículos 6 y 123 de la Constitución Política (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado).

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