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Exequible el Tratado entre Colombia e Italia sobre el traslado de personas condenadas

La Corte Constitucional realizó la revisión de la Ley 2263 de 2022, aprobatoria del tratado.
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24 de Julio de 2023

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El alto tribunal adelantó el control de constitucionalidad oficioso del Tratado entre la República de Colombia y la República de Italia sobre el traslado de personas condenadas, suscrito en Roma, así como sobre la Ley 2263 del 2022, aprobatoria del mismo.

 

La Sala Plena concluyó que el Tratado y el proyecto que dio lugar a la Ley 2263 cumplieron con las exigencias formales previstas en la Constitución y la ley. La corporación evidenció que se respetaron los parámetros constitucionales y legales en las fases previa gubernamental, de trámite legislativo y sanción presidencial.

 

Por otra parte, adelantó el examen de constitucionalidad del contenido del Tratado, para lo cual reiteró la reciente jurisprudencia sobre los tratados internacionales de traslado de personas condenadas (Sentencia C-181 del 2022) y se pronunció sobre la constitucionalidad sustancial del instrumento. En relación con esto último, la Corte evidenció que al tener el tratado como propósitos la facilitación de la función resocializadora de la pena, dicho instrumento se ajustaba a los postulados contemplados por el constituyente en la Carta Política. En consecuencia, resolvió la Corte declarar constitucional el mencionado tratado, así como su ley aprobatoria (M. P. Alejandro Linares Cantillo).

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