Esto resolvió la Corte en decreto que estableció medidas para conservar el empleo
30 de Junio de 2020
Las medidas de excepción adoptadas con el propósito de proteger el empleo y solventar en parte los efectos adversos que ha causado la pandemia del coronavirus (covid-19) para el desarrollo normal de las actividades laborales en todos los sectores, consignadas en el Decreto 488 del 2020, cumplen con los requisitos formales y materiales de validez constitucional. No obstante, la Corte declaró la exequibilidad condicionada del retiro de cesantías que debe extenderse a los fondos públicos, como el Fondo Nacional del Ahorro, y precisó la vigencia de las medidas (M. P. José Fernando Reyes).
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