Esto dijo la Corte sobre la suspensión de ingreso al territorio nacional por vía aérea
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12 de Agosto de 2020
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La Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-157 del 2020, declaró exequible el Decreto 439 del 2020, mediante el cual se suspendió temporalmente el desembarque con fines de ingreso o conexión en territorio colombiano de pasajeros procedentes del exterior por vía aérea y otras medidas sanitarias que deben cumplir las aerolíneas. Según la providencia, de casi 90 páginas, cumplió con los criterios exigidos de finalidad, conexidad material, motivación suficiente, ausencia de arbitrariedad, intangibilidad, no contradicción específica, incompatibilidad, necesidad, proporcionalidad y de no discriminación. Así mismo, el fallo indica que la remisión normativa a las sanciones penales y administrativas es necesaria, en tanto determina la sanción jurídica, esto es, la consecuencia que implica la violación de las medidas adoptadas en el decreto (M. P. Diana Fajardo Rivera).
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