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Este es el fallo que declaró exequible la obligación de las CTA de remunerar a sus trabajadores según la legislación laboral (1:20 p.m.)

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23 de Febrero de 2012

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La Corte Constitucional publicó el fallo que declaró exequible la obligación de las cooperativas de trabajo asociado (CTA) de remunerar a sus trabajadores según el Código Sustantivo del Trabajo, establecida en el artículo 63 de la Ley de Formalización y Generación de Empleo (Ley 1429 del 2010). El Estado debe promover las CTA, pero también debe velar para que estas no evadan la legislación laboral o escondan relaciones de trabajo dependiente, señaló la Corte. Por tanto, la norma demandada no sustituye el régimen legal de las cooperativas por el régimen del contrato de trabajo, sino que pretende asegurar que el trabajo se realice en condiciones de dignidad y en cumplimiento de los derechos mínimos de los trabajadores (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza).

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