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Noticias / Constitucional


Estas son las obligaciones estatales en la protección de DD HH por efectos del cambio climático

18 de Noviembre de 2022

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Nota:
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Una ciudadana, actuando en nombre propio y en representación del pueblo raizal de las islas de Providencia y Santa Catalina, solicitó mediante acción de tutela la protección de los derechos fundamentales del pueblo raizal vulnerados supuestamente por la Presidencia de la República, la UNGRD y los ministerios del Interior y de Vivienda, por la planeación y ejecución del plan de reconstrucción de las islas con ocasión del huracán Iota, el cual destruyó el 98 % de sus construcciones.

La Sala de Revisión de la Corte Constitucional consideró que las autoridades accionadas no garantizaron al pueblo raizal las condiciones de disponibilidad y calidad del derecho fundamental a la salud. Tampoco garantizaron la disponibilidad y accesibilidad del derecho fundamental al agua potable ni el derecho fundamental al saneamiento básico.

El alto tribunal explicó que el Gobierno Nacional vulneró el derecho a la consulta previa del pueblo raizal al no agotar este mecanismo respecto de las medidas de reconstrucción integral contempladas en el Plan de Acción Específico (PAE). Agregó que el proceso de reconstrucción integral de las islas debía tener en cuenta las obligaciones de adaptación al cambio climático asumidas por el Estado.

El proceso de reconstrucción integral no ha terminado y está lejos de estarlo, por lo que los magistrados consideran necesario adoptar varias soluciones judiciales con el fin de garantizar el núcleo esencial de los derechos fundamentales a la vivienda digna, salud, agua potable y saneamiento básico del pueblo raizal, asegurar que la reconstrucción de su territorio sea acorde a su identidad cultural y fortalecer la resiliencia de las islas ante los efectos del cambio climático.

Finalmente, se ordenó a la UNGRD, al Ministerio de Vivienda y a la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina que garanticen a los habitantes de las islas las condiciones mínimas de estos derechos (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).

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