¿En qué está Colombia con la gestación subrogada?
10 de Enero de 2024
A raíz de la petición que realizó el Papa Francisco a la comunidad internacional de que se prohíba la gestación subrogada e indicar que "un hijo es siempre un don y nunca el objeto de un contrato”, denunciando una “comercialización” del cuerpo humano, se generó un eco en el país sobre esta práctica.
No es un debate nuevo en Colombia, pues desde 1998 se han radicado, por lo menos, 16 proyectos de ley en los que se ha pretendido regular la maternidad subrogada. Todos estos proyectos han tenido la misma suerte, terminan archivados. (Lea: La relación indisoluble de la gestación subrogada con la trata de personas (I)).
No obstante, la Corte Constitucional, en el año 2009, a través de la Sentencia T-968 reconoció la subrogación como un método para resolver los problemas de parejas infértiles o que no desean vivir el proceso del embarazo y ha creado toda una línea jurisprudencial sobre el tema.
A través de ella se identifica un vacío legislativo sobre la materia, que ha obligado a jueces de tutela a resolver asuntos concretos sin que las reglas puedan hacerse extensivas a otros casos. (Lea: La maternidad subrogada en Colombia
Por ello, al no existir una regulación, a mediados del 2022 la Corte exhortó al Gobierno para que presentara ante el Legislativo un proyecto de ley orientado a regular la maternidad subrogada y, a su vez, al Congreso a legislar sobre el tema. (Lea: La gestación subrogada es una práctica clasista)
Como consecuencia de ello, en febrero del 2023, el congresista Alejandro Ocampo radicó ante la Cámara de Representantes el proyecto de ley 334/23C (“Por medio de la cual se reglamenta la subrogación gestacional en Colombia, se prohíbe con fines lucrativos, se garantizan los derechos de la mujer, los niños y niñas y se dictan otras disposiciones”).
El texto cuenta con 28 artículos y trata diversos aspectos, desde las obligaciones de las partes en el contrato de maternidad subrogada hasta la indicación de las entidades autorizadas para realizar procedimientos de maternidad subrogada, pasando por la regulación respecto a temas de prestación del servicio de salud y de seguridad social para la gestante.
Así mismo, el Ministerio de Justicia presentó su iniciativa (345/23C) de “subrogación uterina para la gestación”, en la que se definen las prohibiciones, la modalidad contractual, la capacidad negocial, también se trata el consentimiento informado en los actos médicos, el manejo de tejidos reproductivos y embriones y la intervención estatal; según la iniciativa, se respetan las directrices de la Corte Constitucional. (Lea: Radican proyecto para regular la maternidad subrogada)
Para que alguno de estos proyectos se convierta en realidad deberá superar el trámite legislativo, pero en ambos casos son propuestas que no avanzan ante la importancia de la agenda de Gobierno en materia de salud, pensional y laboral.
El espacio está abierto para el debate y entregarle al país una normativa acorde a la Constitución y las necesidades actuales.
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