Empleada en provisionalidad prepensionada se debe incluir en nómina de pensionados
21 de Septiembre de 2022
Los funcionarios nombrados en provisionalidad que estén en condición de prepensionados tienen derecho al reconocimiento de la estabilidad laboral reforzada. Ello implica la posibilidad de seguir vinculados al servicio, incluso cuando la Administración se ve obligada a nombrar en sus cargos a quien hayan ganado el concurso para proveer dicha plaza.
Se precisa que el procedimiento de la inclusión en nómina, especialmente a cargo del empleador y de los fondos pensionales, no son simples formas sino que constituyen materialmente la misma garantía del derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada que se deriva de la condición de prepensionado, el cual permite que no se afecte la continuidad entre la fecha del último salario y la mesada pensional.
En el caso bajo estudio, la accionante fue desvinculada ante la necesidad de nombrar a la persona que ganó el concurso para la provisión del cargo que ocupaba, y para la alta corte resulta razonable la orden de amparo emitida por el a quo, en tanto que la protección a la estabilidad laboral reforzada de la accionante la prolongó hasta que se encuentre incluida en nómina de pensionados, puesto que así se garantiza la materialización de los postulados constitucionales que protegen su condición de prepensionada (C. P.: Carlos Enrique Moreno Rubio).
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