El juez constitucional está obligado a integrar debidamente el contradictorio
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15 de Julio de 2020
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Una providencia del Consejo Superior recuerda que el juez constitucional, como director del proceso, está obligado, entre otras cargas, a integrar debidamente el contradictorio, vinculando al trámite a aquellas personas naturales o jurídicas que puedan estar comprometidas en la afectación iusfundamental y en el cumplimiento de una eventual orden de amparo. Lo anterior para que en ejercicio de la garantía del debido proceso puedan intervenir en el trámite, pronunciarse sobre las pretensiones de la demanda, aportar y solicitar las pruebas que consideren pertinentes y hacer uso del “arsenal” defensivo que ofrece el ordenamiento jurídico (M.P. Fidalgo Estupiñan)
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