El empleador no puede terminar arbitrariamente el vínculo laboral con un trabajador en situación de discapacidad (4:20 p.m.)
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12 de Septiembre de 2013
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La Corte Constitucional recordó que, independientemente de la modalidad contractual o el tipo de relación laboral, el empleador no puede arbitrariamente terminar el vínculo con un trabajador por su disminución sensorial, psíquica o física, sin que medie autorización del Ministerio del Trabajo, y sin la configuración de una justa causa consagrada en la ley. A juicio del alto tribunal, el despido en este evento se torna ineficaz y opera de forma inmediata el principio a la estabilidad laboral reforzada, que asegura a trabajadores en situación de discapacidad o circunstancias de debilidad manifiesta su permanencia en el empleo (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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