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Actualizado hace 15 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Egresados no graduados pueden ser sancionados disciplinariamente como personas que no cuentan con matrícula (4:53 p.m.)

18 de Marzo de 2020

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Nota:
116093
Aun cuando los reglamentos de las instituciones educativas deban ser aplicados de manera general a todas las personas que tienen una vinculación con la misma, las sanciones aplicables deben responder a la relación jurídica que existe entre tales sujetos. Por tal motivo, la Corte Constitucional explicó que los “egresados no graduados” pueden ser efectivamente sancionados en procesos disciplinarios que hubieren sido iniciados legalmente en contra de ellos, pero estas sanciones deben corresponder con el hecho que no son personas que cuenten con una matrícula. Según el fallo de tutela, no se puede desconocer que la persona que ha culminado el programa académico y que no ha obtenido el título profesional mantiene una relación jurídica con la institución en la que cursa, lo cual implica que también se encuentra sujeta al régimen disciplinario. En el caso concreto, una institución educativa le negó la expedición de recibos para pagar los derechos de grado a un joven que estaba próximo a obtener el título profesional en Medicina Veterinaria y Zootecnia, toda vez que fue sancionado disciplinariamente por haber bloqueado con cadenas una de las puertas del centro. Según los fundamentos del joven, esta forma de protestar se generó por la mala gestión de los directivos de la fundación educativa. Al analizar la jurisprudencia en relación con el derecho a la educación, al trabajo y a ejercer una profesión, el alto tribunal consideró que la accionada vulneró varios derechos al acoger una decisión disciplinaria del reglamento estudiantil, cuando el accionante no podía ser tenido como estudiante matriculado, dado que ya había culminado materias y había cumplido requisitos de grado, siendo “egresado no graduado”. Por ello, concedió el amparo, revocó las decisión precedentes y le ordenó a la fundación educativa adoptar una decisión en la que se cumplan los fundamentos de la decisión (M. P.: Alejandro Linares Cantillo).

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