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Actualizado hace 57 minutes | ISSN: 2805-6396

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Dilación injustificada al regularizar situación militar es una barrera para el derecho al trabajo

04 de Noviembre de 2022

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Un abogado de 26 años perteneciente a una comunidad indígena trabajaba desde el 2018 como contratista en la Personería de Bogotá. Un día, la entidad le solicitó su hoja de vida y una serie de documentos anexos con el fin de renovar su contrato de prestación de servicios, el actor envió lo requerido salvo su libreta militar, porque su situación no estaba definida por razones ajenas a su voluntad. La entidad cesó las acciones para culminar su renovación contractual.

Al analizar el caso, la Corte Constitucional indicó que cualquier dilación injustificada en cabeza del Estado al momento de regularizar la situación militar de una persona representa una barrera para el goce efectivo del derecho al trabajo. En relación con el término de 18 meses para definir la situación militar, establecido en el artículo 42 de la Ley 1861 del 2017, el alto tribunal ha indicado que aplica para personas aptas, no aptas y exentas de la cuota de compensación militar, como una medida que busca facilitar el acceso al empleo de las personas jóvenes. 

En cuanto a la actuación de la Personería de Bogotá, la Sala observó que esta entidad no aplicó los precedentes de la Corte Constitucional en materia de regularización de la situación militar, pues se abstuvo de renovar el contrato de prestación de servicios del actor porque no regularizó su situación militar en los 18 meses siguientes a su vinculación inicial como contratista. No obstante, de acuerdo con la Sentencia C-277 del 2019, debió firmar un nuevo contrato de prestación de servicios cuando el actor le comunicó que no tenía regularizada su situación militar por circunstancias ajenas a él. 

De tal forma que el Ejército Nacional y la Personería de Bogotá violaron los derechos fundamentales al trabajo y al debido proceso del actor. Por lo tanto, la Corte precisó estas reglas para circunstancias similares: 

i. El Ejército debe resolver con prontitud todas las solicitudes de regularización que presenten los ciudadanos que estén obligados a definir su situación militar. 

ii. Si una persona no ha podido definir su situación militar por demoras administrativas del Ejército Nacional no se le puede negar el acceso al trabajo por no haber definido su situación militar dentro del plazo de 18 meses que la Ley 1861 del 2017 le otorga. La razón para ello es que está prohibido contabilizar dentro de ese plazo el tiempo que transcurre sin resolverse la situación militar por razones ajenas al trabajador o contratista (M. P.: Natalia Ángel Cabo). 

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