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Demandan prohibición de acuerdos con la Fiscalía en procesos de responsabilidad penal de adolescentes

Corte Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 157 (parcial) de la Ley 1098 del 2006.
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06 de Febrero de 2023

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Una ciudadana presentó demanda de inconstitucionalidad en contra de la norma enunciada en el primer inciso del artículo 157 de la Ley 1098 de 2006, “por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia”. La actora afirma que la norma demandada es contraria a los mandatos contenidos en los artículos 29 y 44 de la Constitución Política. Por lo anterior, formuló un único cargo. Sostuvo la actora que la disposición normativa demandada resulta contradictoria con esos mandatos, en tanto prohíbe la celebración de preacuerdos y negociaciones en materia de responsabilidad penal de adolescentes, dejando la justicia premial únicamente a disposición de los adultos.

 

De otra parte, explicó que la prohibición para celebrar preacuerdos y negociaciones entre un menor infractor y la Fiscalía es incompatible con el interés superior del menor, pues afecta el normal ejercicio de su derecho a la defensa y, por consiguiente, al debido proceso. Por último, manifestó que la prohibición desconoce la justicia restaurativa, que es un modelo alternativo y complementario de la justicia ordinaria que busca esencialmente el castigo por la conducta punible (Demandante: Johanna Milena Mariño Rodríguez).

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