Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Demandan norma sobre la responsabilidad fiscal de los particulares

Para el demandante, la norma acusada vulnera el debido proceso y cinco artículos de la Constitución Política.
143692

27 de Mayo de 2022

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

La Corte Constitucional admitió una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 37 (responsabilidad fiscal de las personas que ocasionen daños al Estado) de la Ley 2195 del 2022 (medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción).

De acuerdo con el actor, la norma cuestionada es contraria a los artículos 4º, 29, 119, 267, 268 (numeral 5) y 272 de la Constitución Política, modificados por los artículos 1º, 2º y 4º del Acto Legislativo 04 del 2019 (Reforma el Régimen de Control Fiscal).

Indica que resulta inconstitucional el hecho de atribuirle a la Contraloría General de la República y a las contralorías territoriales la competencia para adelantar el proceso de responsabilidad fiscal y de jurisdicción coactiva en contra de particulares que participen, concurran, incidan o contribuyan directa o indirectamente en la producción de daños al patrimonio público y que, sin ser gestores fiscales, con su acción dolosa o gravemente culposa ocasionen daños a los bienes públicos inmuebles o muebles, en tanto se viola el artículo 268, que limita esta competencia. Consulte la demanda completa en el documento que puede descargar al finalizar el presente texto (Demandante: Martín Alonso García Agudelo).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)