Demandan norma sobre conformación del consejo directivo de la CAR Cundinamarca
Para el actor, la norma quebranta el principio de igualdad, el de unidad material y el derecho al debido proceso.20 de Mayo de 2022
Se admitió la demanda de inexequibilidad contra el artículo 54 de la Ley Orgánica 2199 del 2022 (régimen especial para la región metropolitana Bogotá – Cundinamarca), mediante el cual se adicionó un parágrafo al artículo 26 de la Ley 99 de 1993.
De acuerdo con el actor, la norma hace referencia al modo en que está conformado el consejo directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, que vulneraría los principios fundamentales de igualdad y debido proceso, pues contiene vicios tanto de forma como de fondo, también indica que obvia el principio de unidad de materia al introducirse en la Ley 2199 una norma que nada tenía que ver con lo tratado en la ley orgánica (Demandante: Juan Carlos Calderón España).
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