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Demandan expresión del Código Penal por considerar que trasgrede el principio de legalidad

La Corte Constitucional admitió una demanda en contra de una expresión del artículo 447 (parcial) de la Ley 599 del 2000.
150148

20 de Septiembre de 2022

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Varios ciudadanos presentaron demanda de inconstitucionalidad en contra de la expresión “o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito”, contenida en el artículo 447 (parcial) de la Ley 599 del 2000 (Código Penal, modificado por el artículo 45 de la Ley 1142 del 2007).

Los demandantes afirmaron que el aparte infringe el artículo 29 de la Constitución, pues nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio.

Como tesis principal y cargo único plantean que la expresión demandada trasgrede el principio de legalidad de los delitos y de las penas, en su componente de ley cierta.

Consideran que la disposición normativa acusada posee un nivel de indeterminación excesivo e irreductible, de modo que la expresión no determina ni permite determinar el comportamiento objeto de sanción penal en el tipo penal de receptación, habilitando a que jueces y fiscales tipifiquen como delictivas conductas no contempladas expresamente en el artículo 447 del Código Penal.

Por lo anterior, solicitan que se declare la inexequibilidad de la expresión demandada o, en su defecto, que se declare la exequibilidad condicionada (Demandantes: Enán Enrique Arrieta Burgos, y otros).

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