Demanda pide que terceros sean notificados personalmente en el CPACA (11:22 a.m.)
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26 de Noviembre de 2013
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Con base en la posible violación del artículo 29 de la Constitución, una demanda admitida recientemente pide retirar del ordenamiento jurídico las expresiones “deber de comunicar”, “les comunicará”, “la comunicación” y “comunicación”, contenidas en el artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA, Ley 1437 de 2011), relacionado con el deber de comunicar las actuaciones administrativas a terceros. De acuerdo con el demandante, los autos que originan una actuación administrativa deben notificarse personalmente, con el propósito de que el afectado por la decisión pueda ejercer su derecho a la defensa, solicitar pruebas y controvertir las existentes (demandante: Juan Felipe Acevedo Hill).
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