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Decreto sobre suspensión de ingreso al territorio nacional por vía aérea es exequible

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23 de Junio de 2020

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La Corte Constitucional declaró exequible el Decreto 439 del 2020, mediante el cual se suspendió temporalmente el desembarque con fines de ingreso o conexión en territorio colombiano de pasajeros procedentes del exterior por vía aérea y otras medidas sanitarias que deben cumplir las aerolíneas. Según el comunicado de la Sentencia C-157, al cumplir con los criterios exigidos de finalidad, conexidad material, motivación suficiente, ausencia de arbitrariedad, intangibilidad, no contradicción específica, incompatibilidad, necesidad, proporcionalidad y de no discriminación. Así mismo indicó que la remisión normativa a las sanciones penales y administrativas es necesaria en tanto determina la sanción jurídica, esto es, la consecuencia que implica la violación de las medidas adoptadas en el decreto (M. P. Diana Fajardo Rivera).

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