Declaran exequible restricción del cónyuge culpable para interponer demanda de divorcio (9:13 a.m)
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22 de Junio de 2017
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La Sala Plena de la Corte Constitucional informó la declaratoria de exequibilidad de un aparte del artículo 156 del Código Civil (Ley 57 de 1887), en el que se regula la legitimación y oportunidad para presentar la demanda de divorcio. El escrito atacaba la restricción para presentar la demanda contemplada para el cónyuge que ha dado lugar a los hechos que la motivan. La Sala concluyó, en una votación de ocho votos contra uno, que dicha restricción no vulneraba mandatos constitucionales, entre ellos, el libre desarrollo de la personalidad. En la próxima semana, a través del habitual comunicado de prensa, se esperan más detalles de las consideraciones que tuvo en cuenta la Sala para la adopción de este fallo. Por otro lado, no hubo decisión, en esta sesión, respecto a la Ley 1830 del 2017, que establece los mecanismos legales para el tránsito de las Farc a la vida política.
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