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Declaran exequible facultad sancionatoria de la Procuraduría frente a la comisión de faltas disciplinarias realizadas con culpa gravísima (2:53 p.m.)

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16 de Julio de 2014

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La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 44 del Código Disciplinario Único (Ley 734 del 2002), sobre la facultad sancionatoria de la Procuraduría General de la Nación frente a la comisión de faltas disciplinarias realizadas con culpa gravísima. Vale la pena recordar que el Ministerio Público le había pedido a la Corte declarar exequible dicha competencia, pues, en su opinión, tal atribución no desconoce los artículos 277 y 278 de la Carta Política, sobre los deberes y funciones del jefe del organismo de control disciplinario. Frente a esta decisión, los magistrados Luis Ernesto Vargas, Alberto Rojas y María Victoria Calle presentaron salvamentos de voto (M. P. Mauricio González Cuervo).

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