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Corte Suprema revoca absolución de funcionario que declaró ilegal captura en flagrancia (4:00 p.m.)

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10 de Septiembre de 2012

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En todos los casos de captura, si las tareas desarrolladas por las autoridades involucradas en el recorrido judicial se cumplen dentro del plazo de 36 horas, no existe sustento constitucional o legal para definir como ilegal la captura por el hecho de creer que el aprehensor extendió sin justificación el término previsto para la privación de la libertad de la persona. Así lo señaló la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al revocar el fallo absolutorio por los delitos de prevaricato por acción y omisión, agravados, dictado por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Popayán (Cauca), condenando en su lugar a quien para la época de los hechos imputados en la acusación se desempeñaba como fiscal seccional adscrito a la URI de la esa ciudad (M.P. Julio Enrique Socha Salamanca).

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