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Corte reiteró que la violación a las excepciones del pago de cuota de compensación militar vulnera el derecho al debido proceso administrativo (5:03 p.m.)

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08 de Noviembre de 2010

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La Corte Constitucional reiteró que el artículo 6º de la Ley 1184 del 2008 exceptúa del pago de la cuota de compensación militar, entre otros, a aquellas personas que pertenecen a los niveles 1, 2 ó 3 del Sisbén. Razón por la cual si se omite dicha excepción se vulnera el derecho al debido proceso administrativo. En reciente decisión, la Sala Séptima de Revisión amparó el derecho al debido proceso de una persona a la que se le estaba cobrando una cuota de compensación que excedía sus posibilidades de pago y pese a que solicitó un descuento el distrito militar correspondiente no se lo otorgó, por lo que la corte consideró que con la expedición del acto administrativo que fijó la cuota a pagar se le vulneró sus derechos fundamentales (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

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