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Corte pide a jueces y a Supersalud adoptar medidas para sancionar demoras en pacientes con cáncer (11:32 a.m.)

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26 de Noviembre de 2018

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La Corte Constitucional enfatizó recientemente que los jueces constitucionales y las entidades encargadas de la inspección, vigilancia y control de la prestación de servicios oncológicos deben catalogar la demora en la prestación de servicios de salud a este tipo de pacientes como un verdadero incumplimiento de obligaciones legales y constitucionales. En esta medida, deben adoptar las acciones debidas para sancionar, por la vía judicial o administrativa, el incumplimiento de las entidades encargadas de la prestación de servicios de salud por falta de oportunidad. Lo anterior debido al rápido deterioro de la salud que, debido a una espera injustificada, puede llegar a sufrir un paciente de estas características, y a los mayores costos que la falta de oportunidad le está generando al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Por las anteriores razones, la Corte advirtió la necesidad de instar a la Superintendencia Nacional de Salud para que dinamice de forma urgente los compromisos adquiridos mediante la Circular 04 del 2014 respecto de las personas con sospecha o diagnóstico de cáncer. Pero también que desarrolle medidas urgentes que permitan mejorar la oportunidad para el diagnóstico y la atención eficaz del cáncer en Colombia (M. P. Gloria Stella Ortiz).

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