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Corte Constitucional tutela el debido proceso del Par Telecom, por exceso ritual manifiesto

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16 de Junio de 2020

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La Corte Constitucional le concedió el amparo constitucional del derecho al debido proceso al Par Telecom (sociedades Fiduagraria y Fiduciar) al constatar que se incurrió en un defecto procedimental por exceso ritual manifiesto, al desestimarse tres de los cargos de casación formulados por el patrimonio autónomo de remanentes. En tal sentido, dejó sin efectos la sentencia proferida por la Sala de Casación Laboral en Descongestión del 2018 y en consecuencia le ordenó proferir una nueva providencia. En el caso concreto, el Par Telecom indicó que la sentencia de casación adolece de varios defectos: (i) procedimental por exceso ritual manifiesto, (ii) desconocimiento del precedente y (iii) errores facticos. Al respecto, la Sala Plena concluyó, entre otras cosas, que la Sala Laboral había incurrido en un defecto procedimental por exceso ritual manifiesto al desestimar varios cargos de casación y por lo tanto había vulnerado el derecho al debido proceso. También consideró que la aplicación de los requisitos de técnica del recurso de casación había sido irreflexiva y desproporcionada, toda vez que el Par Telecom no había incurrido en ningún error en la formulación del recurso y los errores eran salvables (M. P. Carlos Bernal Pulido).

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