Corte Constitucional ordenó adelantar procedimiento para habilitar aula satélite en La Guajira
17 de Noviembre de 2022
La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional concedió la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, a la educación, así como a la vida e integridad física de los niños y niñas pertenecientes a la comunidad indígena Jaichon y ordenó adelantar un procedimiento dirigido a la habilitación de un aula satélite, para que los niños que habitan en aquella comunidad reciban clases.
Por el momento, los niños deben acudir a una sede educativa que se encuentra ubicada a seis kilómetros de la comunidad, y la alta corte analizó la manera en la que se le está prestado en servicio de transporte escolar, pues de las pruebas allegadas se evidencia una clara vulneración al derecho a la educación en el componente de accesibilidad y una amenaza a los derechos a la vida e integridad física de los menores de edad.
Lo anterior porque (i) no se respeta el número de niños máximo por vehículo; (ii) no se garantizan asientos para cada uno de ellos con medidas de protección adecuada y (iii) no existe un acompañamiento satisfactorio de una persona adulta que se encargue del cuidado de los estudiantes.
El respeto de esas garantías no puede someterse, en modo alguno, a cálculos utilitarios o dependientes de la capacidad económica de las entidades estatales. La obligación de garantizar los derechos de los niños implica, al mismo tiempo, la responsabilidad de emprender todas las acciones y utilizar todos los medios para que su vida e integridad no corran riesgos. Conforme a lo anterior, la Sala adoptó una orden dirigida a que se garantice la adecuada prestación del servicio de transporte escolar (M. P.: José Fernando Reyes Cuartas).
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